La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, se pronunció este miércoles sobre la postergación de la toma de posesión presidencial, ya aprobada por la Asamblea Nacional.
En su apertura, la Presidenta del Órgano Judicial reiteró que la Sala Constitucional es la máxima interprete de la Carta Magna.
Destacó que la interpretación del Artículo 231 de la Constitución se dio luego de una deliberación entre los todos Magistrados. Desstacó que “no debe considerarse que la ausencia de Chávez es una falta temporal (…) A pesar de que el 10E se inicia un nuevo período institucional, no es necesaria una nueva toma de posesión”.
En tal sentido, el máximo Tribunal de la República consideró que “el Poder Ejecutivo, constituido por el presidente, el vicepresidente, los ministros y demás órganos y funcionarios de la administración, seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones con fundamento en el principio de la continuidad administrativa”.
Sin embargo, la Constitución establece que la fecha de la juramentación del jefe de Estado para un nuevo período constitucional es el 10 de enero del año siguiente a la realización de las elecciones.
La opinión del TSJ es que, “en atención al principio de los poderes públicos y a la preservación de la voluntad popular, no es admisible que ante la existencia de un desfase cronológico entre el inicio del periodo constitucional y la juramentación del presidente reelecto se considere sin que el texto fundamental así lo paute que el Gobierno queda ipso facto inexistente”.
Por otra parte, Morales señaló que en este momento no existe “ni falta temporal ni falta absoluta se trata simplemente de un permiso del presidente que ha pospuesto la oportunidad del juramento”.
Indicó que “no debe considerarse que la ausencia del territorio de la República constituya automáticamente una falta temporal, sin que así lo dispusiere el jefe de Estado mediante decreto redactado para tal fin”.
La magistrada señaló que la resolución se realizó en “ponencia conjunta que fue objeto de una deliberación conjunta de todos los magistrados artículo por artículo punto por punto”.
Descartan convocar Junta Médica
El TSJ también descartó convocar una junta médica por ahora para evaluar el estado de salud del presidente Hugo Chávez, hospitalizado en Cuba y quien debía asumir el poder el 10 de enero.
“En ningún momento ha considerado el Tribunal Supremo de Justicia que existan méritos para la convocatoria de una junta médica en este momento”, aseguró la presidenta del tribunal Luisa Estella Morales.
El Jefe de Estado se encuentra en La Habana desde pasado 10 de diciembre de 2012 cuando fue intervenido quirúrgicamente por la reincidencia de “células malignas” en la zona pélvica.
Antes de partir a Cuba a operarse, Chávez “delegó, sin entregarlo”, el mando político a Maduro, dijo que si quedaba inhabilitado para gobernar su delfín asumiría la presidencia temporal hasta el fin del mandato, el 10 de enero, y que sería además el candidato del oficialista PSUV en los comicios presidenciales que deberían celebrarse en 30 días.
Maduro, un ex sindicalista del metro de Caracas, ya avisó días atrás que seguiría en su cargo más allá del 10 de enero, incluso si el mandatario no podía asumir ese día ante la Asamblea Nacional como fija la Constitución.
Tras varias semananas de suspense, el gobierno venezolano confirmó el martes que Chávez, hospitalizado en grave estado en La Habana tras su cuarta operación contra el cáncer, no podría asistir a la toma de posesión porque su proceso de recuperación se extenderá más allá de esa fecha y lo hará más adelante ante el Tribunal Supremo de Justicia.
“El presidente ha pedido informar que de acuerdo con la recomendación del equipo médico (…) el proceso de recuperación postquirúrgico deberá extenderse más allá del 10 de enero”, dijo el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, al leer una carta del vicepresidente Nicolás Maduro, en la que “se invoca el artículo 231 de la Constitución” a “objeto de formalizar, a fecha posterior, la juramentación correspondiente ante el Tribunal Supremo de Justicia”.
El artículo 231 establece que la toma de posesión del presidente tendrá lugar el 10 de enero ante la Asamblea Nacional y añade que “si por cualquier motivo sobrevenido” éste no pudiese tomar posesión lo haría ante el TSJ, sin fijar fecha.
Tras un encendido debate en el hemiciclo, de mayoría oficialista, y una rápida votación a mano alzada, Cabello, un ex militar que participó junto a Chávez en un fallido golpe de Estado en 1992, anunció la aprobación el martes.
“Presidente Chávez, esta honorable Asamblea le concede a usted todo el tiempo que necesite para atender su enfermedad y regrese a Venezuela cuando la causa sobrevenida haya desaparecido. Cuídese, Presidente, Dios lo bendiga, lo queremos desde aquí de Venezuela”, afirmó Cabello efusivamente.
Con información de las agencias Efe, Afp y Reuters
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