El también ex decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la máxima casa de estudios superiores de la región así lo refiere en cuanto a lo establecido en la Constitución aprobada en 1999 que le otorga carácter constitucional a la Cidh, creada y regulada de acuerdo al Pacto de San José de Costa Rica, del cual Venezuela es signatario desde 1969, y que establece en su artículo 19 que: “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”.
También destacó la preeminencia del artículo 23, el cual señala que “los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”.
Pablo Aure afirmó que aunque Venezuela se haya retirado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los ciudadanos siguen amparados bajo este sistema de protección interregional, porque no fueron creados ni mucho menos imaginados para proteger a los gobiernos.
Igualmente aclaró que “la jurisdicción y la competencia para amparar los derechos humanos no tienen fronteras” y que “éstos se concibieron para atender las denuncias frente a gobiernos dictatoriales”.
Aure sostuvo que “el retiro de Venezuela del sistema interamericano de protección de derechos humanos ratifica el carácter forajido del régimen que gobierna nuestro país”.
Detalló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos está contemplada en la Convención de Derechos Humanos de San José de Costa Rica, de la cual Venezuela es signataria desde 1969.
En este sentido Pablo Aure explicó que por esta razón es que existen organismos internacionales a los cuales se puede recurrir cuando el Poder Judicial de un país está a merced del gobernante de turno y permite ese tipo de desafueros, como es el caso venezolano.