El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, por medio de la Resolución N° 098, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.479 que circula este jueves, se establece un régimen excepcional al suministro de energía y potencia eléctrica que el operador y prestador del servicio entregue a aquellos usuarios de alta demanda, cuyos requerimientos eléctricos exijan una planificación específica de su sistema de transmisión y distribución, así como aquellos usuarios debidamente calificados por el Ejecutivo Nacional que ameriten una atención operativa y comercial especializada. noticierolegal.com
Estarán sujetos a la aplicación de la presente Resolución, los Usuarios de Alta Demanda, esto es, aquellos cuya Demanda Asignada Contratada (DAC) sea igual o mayor al valor de CINCO MEGA VOLTIO AMPERIOS (5MVA) en el punto de entrega o suministro del operador y prestador del servicio.
La atención de los requerimientos de energía y potencia eléctrica, así como las condiciones comerciales, técnicas, de planificación y operativas asociadas a la prestación del servicio eléctrico de los Usuarios de Alta Demanda definidos por la Resolución, deberán estar contenidos en un contrato bilateral suscrito entre estos usuarios y el operador y prestador de servicio. El contrato de servicio deberá contener, al menos, los aspectos correspondientes a:
- Disposiciones generales de la prestación del servicio.
- Características técnicas y comerciales del suministro.
- Cumplimiento de las obligaciones en materia de uso racional y eficiente de la energía, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
- Establecimiento del precio del suministro de potencia y energía eléctrica, sus factores de ajuste y vigencia.
En virtud de las características especiales que posee el suministro de potencia y energía eléctrica, el operador y prestador del servicio establecerá en el texto de los contratos bilaterales condiciones económicas particulares, que reflejen los costos específicos del servicio que se les provea a cada uno de los Usuarios de Alta Demanda, según corresponda.