En sentencia firmada por la magistrada Gladys Gutiérrez, presidenta de la Sala Constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia “ordena el cese de la ocupación temporal y parcial por parte del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, por órgano de la Guardia Nacional Bolivariana, específicamente, de la Tercera Compañía del Destacamento No. 442 con sede en Ocumare del Tuy” de las instalaciones de la empresa Industrias Alimenticias Hermo de Venezuela S.A.
En la sentencia de la Sala Constitucional se lee que se declaró el amparo constitucional contra las sentencias de la Corte Segunda de lo Contencioso por la “evidente violación del derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial”
La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital ordenó a la Guardia Nacional Bolivariana la ocupación y paralización de la planta de producción de Hermo de Venezuela, acción que se llevó a cabo el pasado viernes 3 de octubre en horas de la tarde.