En Gaceta Oficial fue publicado hoy el recorte de cupos de viajero, cupo electrónico y adelanto en efectivo. Según esta nueva providencia el adelanto en efectivo de 250 dólares o su equivalente que se podía hacer al mes en cajeros en el exterior, fue rebajado a 200 dólares o su equivalente por viaje.
La tasa de cambio que se pagará por estos consumos seguirá siendo la que la resultante de las subastas del Sistema Complemetario de Asignación de Divisas (Sicad), que actualmente se ubica en Bs. 12 por dólar.
Adelantos de efectivo
Artículo 22: Cuando se trate de tarjetas de crédito autorizadas a los fines previstos en la presente sección, el usuario podrá disponer como monto único por viaje de hasta doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200) o el equivalente en otras divisas; deducible del monto autorizado por la solicitud para adelantos de efectivo en moneda extranjera, los cuales sólo podrán obtener a través de cajeros automáticos en el exterior.
Requisitos
Artículo 23: Salvo lo dispuesto en el artículo 3 de la providencia, a los fines de solicitar la autorización a que se refiere la siquiente sección, el usuario titular de la tarjeta de crédito cuyo fecha de emisión sea superior a seis (6) meses, deberá consignar ante el Operador Cambiario Autorizado en un plazo máximo de treita (30) días hábiles banacarios y mínimo de cinco (5) días hábiles bancarios de anticipación a la fecha del viaje, conjuntamente con la planilla obtenida por vía electrónica, copoa de los iguientes documentos según corresponda:
a) Pasaje de usuario, aéreo, marítimo de ida y vuelta al territorio de la República Bolivariana de Venezuela, impreso bajo la forma de pase de abordaje, debidamente sellado por el emisor.
b) Pasaporte vigente
c) Visa de ser requerida.