Suiza dice que pelotas de golf desviadas en el Caracas Country Club violan la Convención de Viena

Suiza dice que pelotas de golf desviadas en el Caracas Country Club violan la Convención de Viena

(Foto Reuters)
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Una disputa se desató entre la embajadora de Suiza en Venezuela y un exclusivo campo de golf vecino a la delegación, después de que apareció un letrero en la residencia de la diplomática que advierte que las pelotas de golf que hieran o maten a cualquier persona dentro de la misión violarían la Convención de Viena, reseña Reuters.

A large placard is seen on the fence of the residence of Switzerland's ambassador to Venezuela near the third of the Caracas Country Club's 18 holes in Caracas
(Foto Reuters)

El enorme letrero, ubicado en la reja de la residencia cerca del tercer hoyo del Caracas Country Club, comienza explicando que la residencia es considerada como territorio suizo.





“Lanzar pelotas en esta residencia es un peligro para cualquier persona que está en territorio suizo y una violación de la Convención de Viena. Si una pelota de golf hiere o mata a alguien en el suelo de Suiza, será exclusiva responsabilidad del jugador y del C.C.C.”, dice el anuncio, refiriéndose al Caracas Country Club.

La embajadora Sabine Ulmann dijo a Reuters que no tenía nada que decir sobre el tema. Su residencia se encuentra en una zona acomodada de Caracas, junto a las misiones de muchos otros países europeos.

El Caracas Country Club es uno de los recintos privados más exclusivos de Venezuela. Fue criticado por el fallecido presidente Hugo Chávez, quien describió al golf como un deporte “burgués”.

La Federación Venezolana de Golf dijo en un comunicado que había leído el letrero con “estupor”.

“No sentimos pues, ningún temor de estar atacando territorio suizo si una pelota de golf va a parar a predios de su Embajada”, dijo la federación en un comunicado, agregando que el letrero parece una “reacción desmedida”.

El artículo 30 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 sostiene: “La residencia privada de un agente diplomático debe gozar de la misma inviolabilidad y protección que las instalaciones de la misión”.