Así como variopinta es la Mesa de la Unidad, así de diversos son los mecanismos constitucionales que propone cada partido para la “cesación” del mandato del presidente Nicolás Maduro, caminos que no serán fáciles y acrecentarán el choque de fuerzas políticas en el país, publica Panorama.
La Causa R llevó una propuesta de modificación al Parlamento nacional que plantea una enmienda constitucional que acorte el período presidencial a cuatro años con una sola reelección.
Por su parte, el gobernador de Miranda, Henrique Capriles, y Primero Justicia, son partidarios de la enmienda, pero activando un referendo revocatorio a la vez, para blindarse ante futuras trabas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), cuya Sala Constitucional podría no aprobar el primer mecanismo.
La primera traba a la que se enfrenta la enmienda la asomó el diputado Diosdado Cabello que dijo que no tendría efecto retroactivo, es decir, que no se podría aplicar a Maduro, sino al próximo Presidente.
“La ley no puede tener efecto retroactivo salvo las leyes que son de procedimiento y eso está consagrado en la Constitución, tendría que aplicarse para el otro período, y si lo que quieren es salir de Maduro para eso está el revocatorio”, detalló el abogado constitucionalista Juan Luis Núñez.
En defensa de este método salió la dirigencia de La Causa R. Andrés Velásquez aseguró que ha sido consultada con expertos constitucionalistas y “el argumento de que esto no aplica a Maduro es inválido porque no hablamos de aplicarla retroactivamente.
Todo cambio es aplicable de manera inmediata, además no está siendo redactada para un Presidente sino para afectar el período constitucional de la Presidencia y Maduro entra en la norma”.
El revocatorio unido a la enmienda es el otro método, si uno no camina tendrían el otro bajo la manga.
La mitad del período se cumple el próximo 19 de abril, día en que el Mandatario fue juramentado ante la AN.
La oposición necesitaría recolectar 3.899.273 firmas que corresponden al 20% del registro electoral actual.
Pero una vez efectuada la consulta deberá haber concurrido a la elección el 20% de los electores inscritos y el resultado en votos deberá ser igual o mayor al que el Presidente obtuvo en su elección de abril de 2013, según el artículo 72 de la Constitución, más de 7.587.579 votos, por lo que supone un gran riesgo para la Mesa de la Unidad.
Por otro lado, existe un sector que aspira a una renuncia de Maduro, como lo son Voluntad Popular y María Corina Machado. Esta semana, Machado lanzó lo que ha llamado el Movimiento nacional por la renuncia de Maduro, que alegó “es un deber” exigirla.
Pero la renuncia, que está contemplada en la Constitución, es una decisión “personalísima” del Presidente, camino que el Mandatario ha negado.
Diosdado Cabello, vicepresidente del Psuv, descartó ésta posibilidad. “¿Cómo es que tú vas a obligar a alguien a renunciar?, renunciar es un hecho total y absolutamente voluntario. El Presidente debe continuar en su cargo y el pueblo quiere que siga en su cargo”.
Freddy Guevara, coordinador político de VP, señaló que la medida más efectiva es la renuncia, aunque la tolda naranja también apoya la enmienda, y añadió que es válido que cada partido plantee cuál es la mejor forma.
Incluso, Henry Ramos Allup, presidente del Parlamento, asomó otra opción, el abandono del cargo. “Eso no se ha descartado, en el texto de la Constitución hay la posibilidad de que se apruebe por mayoría simple de la AN la figura del abandono de cargo por parte del presidente”. Explicó que se trata de una causal que se configura cuando un mandatario no cumple sus funciones.
A lo interno, en el Psuv ya discuten el tema entre la dirigencia y se preparan para cualquiera de los escenarios.
El diputado Elías Jaua dijo que “ellos (oposición) resuelvan el mecanismo que nosotros como partido estamos afinados para cualquier proceso. No sé porque le tienen tanto miedo a un referéndum revocatorio”, expresó.
En la MUD se encuentran definiendo el método, que según dirigentes decantará en la propuesta de los justicieros, transitar dos caminos en simultáneo.
La Causa R
Enmienda constitucional
Una enmienda constitucional del artículo 230 que acorte el período presidencial de seis a cuatro años, con una sola reelección inmediata, y eliminar la reelección indefinida plantea La Causa R y ya el proyecto de ley lo tiene la AN.
La iniciativa de enmienda parte del 30% de los miembros de la AN, se discute dos veces y es aprobada por mayoría simple, 84 votos (La MUD tiene 109 votos), luego se somete a votación en consulta popular, de acuerdo con el artículo 341 de la Carta Magna.
Primero Justicia y Capriles
Enmienda con revocatorio
Trabajar en dos métodos en simultáneo propuso Henrique Capriles y su partido, Primero Justicia. Enmienda y revocatorio. “¿Por qué hay que revocar ahora? Porque es el momento de hacerlo, según dice la Constitución ya es la mitad del período. Hay que ir buscando a la gente dispuesta a firmar.
Cuando se fije la fecha, que nadie pierda tiempo para ir a firmar. Se requiere el 20% del Registro Electoral. Después de que se obtengan las firmas, se establece la fecha del revocatorio, para luego ir a votar”, dijo Capriles.
María Corina Machado y VP
Movimiento por la renuncia
La renuncia está tipificada en el artículo 233 de la Carta Magna y a ella apuestan sectores más radicales en la oposición como Voluntad Popular y la organización que lidera María Corina Machado, que desde ya trabaja en una campaña nacional que exigirá la renuncia, por lo que creó el Movimiento nacional por la renuncia de Maduro.
“Para la salida de Maduro, hace falta una sola firma, la suya”, señaló Machado. Voluntad Popular también propone impulsar la renuncia con enmienda constitucional.
Henry Ramos Allup
Abandono del cargo decretado por la AN
El presidente de la AN, Henry Ramos Allup, es partidario de una enmienda, por ser más inmediata, pero también asomó la posibilidad del abandono del cargo. Explicó que se trata de una causal que se configura cuando un mandatario no cumple sus funciones.
“Significa la dejación o el no ejercicio de muchas de las facultades por inacción”, y aclaró que para ello no se requiere la aprobación del TSJ. “Es el único caso donde la Constitución no señala intervención de la Sala Constitucional”.