La Sala Tres (3) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas deberá decidir dentro de un plazo de diez días, si declara con o sin lugar el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el Ministerio Público, sobre el cuantum de la pena dictada a los hermano Makled el pasado 10 de febrero de 2015.
Los fiscales Nacionales Marisela de Abreu; Gustavo González Yemina Marcano y Tulio González, acudieron ante el tribunal de alzada luego que el juzgado 20 de juicio del Área Metropolitana de Caracas a cargo en aquel momento por el abogado Alí Paredes, condenara a 14 años de prisión y seis meses a Walid Makled por tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y legitimación de capitales.
De acuerdo a la información suministrada, dentro de las medidas apeladas se encuentra que el referido tribunal absolvió al hermano mayor de los Makled por los delitos de ocultamiento de arma de fuego, asociación para delinquir y sicariato.
Por este mismo caso, Abdalá Makled fue condenado a 6 años y 6 meses por el delito de ocultamiento de arma de fuego. Mientras que sus otros dos hermanos, Basel y Alex, fueron condenados a 8 años de prisión por el delito de legitimación de capitales.
El Ministerio Público apeló la decisión de la citada instancia judicial e introdujo el recurso de apelación el 26 de octubre de 2015.
De acuerdo al contenido del recurso procesal, el Ministerio Público argumentó la acción judicial basadas en el artículo 444, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, que versa sobre la falta absoluta de motivación de la sentencia.