Quien así lo afirma, es el líder opositor de la Junta Patriótica y de sociedad democrática. El ex Senador y ex Constituyentista Pablo Medina. Además consideró que La Fiscal General debe sin dilación presentar en flagrancia a los magistrados antes la Sala Plena del TSJ. Quien actuaria como juez natural, para el juzgamiento de altos funcionarios y el presidente del TSJ Maikel Moreno, tiene la obligación de permitir de acuerdo a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia la incorporación de los siete suplentes de la Sala Constitucional del TSJ.
Nota de Prensa
Ya que los magistrados de esa Sala que suscribieron las sentencias 155 y 156 que hizo la Fiscal General de la Republica Luisa Ortega Diaz que se estaba en un delito flagrante por la ruptura del hilo constitucional. Lo cual no puede ser remendado por quien instruyó el secuestro de la constitución y la democrática. Nicolás Maduro y el Consejo de Defensa de la Nación quienes además usurparon funciones privativas y exclusivas de la Sala Plena del TSJ para dirimir conflictos entre poderes, Fiscalía General de Republica y el Tribunal Supremo de Justicia.
Aseveró Medina, que las actuaciones de los magistrados del TSJ ordenada inconstitucionalmente agravó la conmoción constitucional ya que este bodrio era irrecurrible e irreformable y no estaba sujeto a cambios para calmar las tensiones nacionales e internacionales en la discusión del tema en la OEA. Es evidente que estamos en presencia de un delito de alzamiento y conspiración de estos magistrados en contra del poder público Asamblea Nacional y el Estado Republicano. Esta acción constitutiva de delito de acuerdo 132 encabezamiento y el 143 numeral segundo ambos del Código Penal. Hacen que la acción delictiva sea flagrante, permanente y continuada. Y que este delito de acción pública, sea denunciado por la misma Fiscal General Republica, quien no puede renunciar ni retratarse como titular de la acción penal al calificar la flagrancia, por lo que debería ordenar de inmediato la aprehensión, e imputar el delito que ella mismo calificó de alzamiento y conspiración contra los poderes públicos contra la Asamblea Nacional en su balance de gestión y será la Sala Plena del TSJ quien admita esta calificación jurídica, y será que estos magistrados estaban preñados de buenas intenciones, cuando estamparon su firma cometiendo el acto delictivo un hecho publico notorio y comunicacional. Donde la prueba del delito son las mismas sentencia 155 y 156.
Pablo Medina comparó este delito político, con un delito de secuestro de personas, que también es permanente, continuado y dijo que los magistrados secuestraron la constitución, atribuyéndose las competencias de la Asamblea Nacional. Lo que hizo que Maduro en horas de la madrugada del 1 de abril, ordenara a los captores magistrados que liberen a la bicha secuestrada. Se pregunto Medina de este hecho en tono irónico: Si estos secuestradores cometieron o no cometieron delito flagrante permanente y continuado. Ya el daño al orden publico constitucional ya estaba causado por los siete magistrados de la Sala Constitucional, por lo tanto la Fiscal General Luisa Ortega Díaz que denuncio el delito flagrante permanente. Tiene que cumplir y hacer cumplir lo que establece la Carta Magna, La Ley Orgánica del Tribunal Supremo, El Código Penal y el Código Orgánico Procesal Penal sobre juzgamiento de Altos Funcionarios de no ser así, su actuación es de cooperadora o cómplice o encubridora del estado destrucción del modelo político venezolano y solicitar el enjuiciamiento penal inmediato.
Finalizó Medina exhortando a la Fiscal General de la República y a los diputados de la Asamblea Nacional a que no se contagien, con el conocido síndrome de Estocolmo, propios de estos delitos de secuestro donde los rehenes victimas en cautiverios, termina hablando maravillas de los secuestradores y es decir que su entrevista con Maduro posterior de la ruptura del orden constitución se inscribe en este síndrome, y que los diputados de la MUD no terminen diciendo que gracias a Maduro. La Fiscal General y a los magistrados fue que le devolvieron las competencias, la inmunidad, y la salida forzosa del desacato parlamentario.