Los electores seleccionados para prestar servicio electoral obligatorio podrán presentar desde este lunes 10 de julio su solicitud para exceptuarse de cumplir funciones en los comicios. AVN
Esa petición debe formalizarse ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) hasta el 14 de julio. Debe justificarse con las causales establecidas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en su artículo 113.
De acuerdo con la normativa, los únicos motivos para no prestar el servicio son: ser mayor de 65 años de edad, tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidato o candidata en el proceso electoral; ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.
Otro de los fundamentos para excusarse es prestar servicio de emergencia en razón de la profesión u oficio, así como aquellos trabajadores y trabajadoras, funcionarios y funcionarias cuyas labores les impiden desempeñar las funciones electorales el día de las votaciones, agrega la ley.
De presentar algunas de esta causales, para la solicitud de excepción deben consignar una serie de recaudos:
1.- En caso de estar inhabilitado políticamente, debe presentar un documento escrito donde conste la inhabilitación con sentencia definitivamente firme.
2.- Si tiene más de 65 años de edad, debe presentar su cédula de identidad laminada.
3.- En razón de su profesión u oficio (ejemplo: médico, enfermera, policía), el seleccionado debe consignar constancia de trabajo o fotocopia de la credencial vigente.
4.- De ser ser candidata o candidato a cargo de elección popular, debe consignar constancia de este estatus emitida por la organización con fines políticos.
5.- Si el seleccionado ejerce un cargo de dirección en una organización con fines políticos, debe consignar la comunicación escrita emitida por la entidad.
6.- Si la persona es promotora de un grupo de electores, deberá consignar una comunicación emitida por dicho conglomerado, que haga constar su condición.
7.- En caso de tener alguna discapacidad física, mental o de salud, debe presentar el certificado médico validado por las autoridades.
8.- El CNE también destacó que si la persona seleccionada tiene hijos menores de dos años en período de lactancia o que presenten limitación física o mental, o cuida a personas con alguna discapacidad o a adultos mayores, debe presentar un informe o certificado médico validado por las autoridades; la partida de nacimiento, para establecer vínculos, y cédula de identidad del solicitante.
9.- De residir fuera de la jurisdicción donde fue seleccionado dentro del territorio nacional, debe consignar constancia de residencia expedida por el CNE, con su cédula. Si vive fuera del país, debe presentar carta de exposición de motivos y su cédula o pasaporte.
10.- En las razones esgrimidas por estudio, se debe presentar documento de inscripción o constancia de estudios vigente certificado por la autoridad competente.
11.- En cuanto a casos de salud, se debe consignar el informe médico o certificado validado por las autoridades.
Quienes incumplan injustificadamente con el servicio electoral obligatorio serán sancionados con multas que van de 15 a 50 unidades tributarias, es decir, de 4.500 a 15 mil bolívares.