En Gaceta Oficial N° 41.282 de fecha lunes 20 de noviembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.169 de la Presidencia de la República, mediante el cual se prorroga hasta el 20 de enero del año 2018, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de Cien Bolívares (Bs. 100) emitidos por el Banco Central de Venezuela, reseña Finanzas Digital.
DECRETO N° 27 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE PRORROGA HASTA EL 20 DE ENERO DEL AÑO 2018, SÓLO EN EL TERRITORIO VENEZOLANO, LA CIRCULACIÓN Y VIGENCIA DE LOS BILLETES DE CIEN BOLÍVARES (Bs. 100) EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA.
(SERÁN DE CURSO LEGAL)
Artículo 1°. Se prorroga hasta el 20 de enero del año 2018, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de Cien Bolívares (Bs. 100) emitidos por el Banco Central de Venezuela. (Serán de curso legal).
Artículo 2°. El Ejecutivo Nacional, coordinará con el Banco Central de Venezuela, todas las acciones necesarias para la aplicación y el cumplimiento del presente Decreto con la finalidad de Defender y Velar por la estabilidad económica y monetaria del País, como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
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