Rafael Narváez, coordinador de la Asociación civil Defensa por los Derechos Civiles, calificó de “alto impacto” el más reciente informe de la OEA sobre Venezuela, cuando recomienda activar lo que señala el Estatuto de Roma acerca de solicitarle a la Corte Penal Internacional el inicio de una investigación sobre los asesinatos y arrestos arbitrarios presuntamente cometidos en el gobierno de Nicolás Maduro.
Nota de Prensa
Aseguró que el documento presentado al secretario general de la Organización de Estados Americanos, OEA, Luis Almagro, contiene elementos que resaltan torturas, tratos crueles e inhumanos, desaparición forzada y la forma en que fueron aplicadas de forma sistemática, las detenciones arbitrarias en el país en los años 2013, 2014 y 2017 donde se escenificaron protestas violentas de todo tipo, precisó.
Celebró que fuera incluido en este informe lo relacionado con la resolución 008610 en la que el Ministro de defensa le dio plena libertad a los funcionarios que se encontraran en medio de protestas y que vieran en riesgo sus vidas, a usar armas mortales, violentando de esta manera el artículo 68 de la Constitución que habla sobre las manifestaciones pacíficas y la prohibición del uso de armas y sustancias tóxicas.
Para el jurista, es de gran importancia la inclusión del decreto presidencial donde se crea el Plan Zamora, instancia que le permitió al CICPC, CONAS, PNB, SEBIN y la GNB bajo el mando del general Antonio Benavides Torres y Gustavo González López, “tener el escenario ideal para la tortura gracias a un Plan Zamora sin límites y donde no hubo participación del defensor del pueblo ni del Ministerio Público, garantes de la libertad y el debido proceso”.
Destacó que a partir de ahora, un país miembro de la OEA y signatario del Estatuto de Roma, puede tomar la iniciativa de elevar una denuncia a la Corte Penal Internacional en donde la fiscal general de esta instancia, “está obligada a darle curso a un proceso de investigación penal que permita juzgar los crímenes de lesa humanidad de los que no escapa ningún funcionario público de alto rango, como es el caso de comandantes militares y el Presidente de la República en funciones, tal como lo establece el artículo 14 del Estatuto de Roma”.
Señaló que las responsabilidades penales son individuales a nivel de la Corte Penal Internacional. ·”Los expertos de la OEA tomaron las pruebas documentales, testimonios de las víctimas e hicieron una observación de lo que ocurrió en 2014 y 2017 donde hubo un ataque sistemático a una población civil por razones políticas, razón por la cual el Presidente de la República puede ser procesado penalmente”, concluyó.