Resolución que establece la exoneración de impuestos de importación y tasa por servicio aduanal (Gaceta)

Resolución que establece la exoneración de impuestos de importación y tasa por servicio aduanal (Gaceta)

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La resolución conjunta de los de los ministerios de Industria y Producción Nacional, Economía y Finanzas, Agricultura Productiva y Tierras, Pesca y Acuicultura, Alimentación, Salud, Petróleo, y Comercio Exterior e Inversión Internacional publicada en Gaceta Oficial # 6.402 extraordinaria del 31/8/2018, establece la exoneración de los impuestos de importación y tasas por servicio aduanal de los productos indicados en los anexos I y II, solo deberá pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).





Adicionalmente se dispensa de la presentación ante la Oficina Aduanera correspondiente, de los permisos, certificados, constancias y licencias señalados en los regímenes legales 4,9, 11, 14, 15, 16 y 20. También se dispensa a los importadores beneficiarios de la medida, de la presentación del Certificado de No producción nacional.

Deben ubicar el código arancelario de los productos que desean importar en los dos anexos de la resolución a fin de verificar si gozan del beneficio y si tiene alguna condición en la casilla de “observaciones”:

El anexo I contiene 7233 subpartidas arancelarias, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.

El anexo II contiene 1055 subpartidas arancelarias, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.

El beneficio de exoneración respecto a las mercancías señaladas en los Anexos I y II de esta Resolución Conjunta, se aplicará a la fecha de Registro de la Declaración de Aduanas de importación para la administración pública nacional. El sector privado tiene que importar con recursos propios.

A continuación la Gaceta Oficial # 6.402 extraordinaria del 31/8/2018

 

Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.402 by La Patilla on Scribd