Miguel Ángel Martín, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, hoy en el exilio, hizo declaraciones muy precisas e importantes sobre el carácter del juicio en contra de Nicolás Maduro, hallado culpable, sobre su alcance y sobre su significado, cuyas consecuencias aún no han sido medidas en toda su magnitud.
Las Audiencias orales y públicas comenzaron el 2 de agosto de 2018 en Bogotá y concluyeron con la condena del acusado el pasado 15 de agosto, en el Salón Constitución del Congreso de la República de Colombia. El juicio tuvo lugar en ese majestuoso y emblemático lugar, cuya cúpula ovalada está pintada en todo su perímetro con un fresco que recorre la historia de los hitos políticos más importantes de Colombia. Aparecen los próceres y personajes más destacados de cada momento, desde la época prehispánica y la conquista española, hasta la década de los 90 en el siglo XX.
Algunas veces los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia legítimo, escogidos sus miembros por el único órgano constitucionalmente competente, la AN, en julio de 2017 y siguiendo el artículo 263 de la Constitución venezolana, sesionaron en el sobrio Auditorio decorado con pinturas históricas en lienzos de gran formato y un artesonado de madera en las paredes y el techo, en la sede de la Sociedad Bolivariana de Colombia, ubicada frente a la Quinta de Bolívar. Igualmente hubo 2 audiencias del juicio en la sede de la Sociedad Económica de Amigos.
El juicio contra Maduro es un juicio penal y no político. Es un hecho histórico muy relevante para la jurisprudencia venezolana y un hito que marca el camino para la democracia, hoy rota, que ha de ser restituida como también el Estado de derecho, destrozado por la ilegalidad, los abusos reiterados del gobierno chavista, la constante violación de la Constitución vigente de 1999 y los desafueros de un poder ilegítimo que, en un Estado fallido, ejercen el usurpador Maduro y su camarilla de delincuentes, militares y civiles.
Nicolás fue enjuiciado y condenado unánimemente por corrupción propia y por legitimación de capitales, dos delitos cometidos a través de sobornos, ampliamente comprobados, que aceptó como beneficiario el propio Maduro de parte de la empresa brasileña Odebrecht, tanto como canciller al servicio de su mentor para asegurar la victoria del difunto mandatario, como para su campaña presidencial, a cambio de darles trato preferencial para las obras pendientes, una vez que asumiera la presidencia de la república.
Su cómplice fue la esposa, Cilia Flores, entonces presidente del parlamento. Esto hace de Nicolás Maduro un delincuente comprobado, en juicio legítimo, cuyo alcance histórico y consecuencias aún son impredecibles, incluso si debido a la anómala situación de la justicia, es por ahora un acto simbólico.
Un antecedente inmediato del fallo fue la aprobación de la AN, por 105 votos a favor y 2 en contra, el 17 de abril de 2018, de la existencia de méritos suficientes para enjuiciar a Maduro por hechos de corrupción. En consecuencia, el 3 de mayo de 2018, el TSJ declaró su suspensión como presidente de la República y su inhabilitación para ejercer cualquier cargo público.
El Magistrado Rommel Gil leyó la decisión del Tribunal, que no solo condenó a prisión por 18 años y 3 meses a Maduro sino su inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, de acuerdo con el artículo 65 de la Constitución vigente. Y reiteró orden de captura tanto a Interpol como a Sebin, Cicpc y a todos los componentes de la fuerza armada nacional. Al activar la Convención de Palermo, es necesario, además, que el TSJ se dirija a todas y cada una de las Fiscalías, de las Procuradurías y de Tribunales para activar la justicia transnacional contra el crimen organizado. Nicolás no podrá escapar de su destino, incluso si es prófugo de la justicia.
@martadelavegav