El presidente de Perú, Martín Vizcarra, anunció este lunes que el Ejecutivo observó, y por lo tanto no promulgó, la norma aprobada el pasado día 11 por el Congreso peruano que habilitaba la liberación del exmandatario Alberto Fujimori (1990-2000).
En declaraciones a la prensa durante su participación en la inauguración de un evento en la capital peruana, Vizcarra adelantó la decisión del Ejecutivo, que fundamentó en el hecho de que el Parlamento no dedicó el tiempo suficiente para analizar una medida de esas características.
“Hoy estamos presentando la observación a la ley. Los argumentos están plenamente justificados (…). Sin embargo, necesitamos una norma debatida a profundidad para evitar que se puedan filtrar personas encarceladas que sean un peligro para la sociedad. Amerita debatirse y buscar el consenso necesario entre las diversas fuerzas políticas”, indicó el presidente.
Vizcarra se mostró sin embargo a favor de crear una ley que posibilite que personas de avanzada edad, con males de salud, sigan cumpliendo su pena bajo arresto domiciliario.
Ahora la norma será devuelta al Congreso para que la modifique o bien para que vuelva a votarla en los mismos términos, lo que daría pie a su promulgación sin la firma del Ejecutivo en un procedimiento denominado “por insistencia”.
El Parlamento peruano, dominado por los fujimoristas de Fuerza Popular, aprobó de manera exprés el pasado día 11 una ley para liberar con grilletes electrónicos y por razones humanitarias a presos ancianos, lo que impediría el reingreso en prisión del expresidente Alberto Fujimori, de 80 años, cuyo indulto fue anulado a principios de este mes.
La norma fue tramitada con un carácter extraordinario, sin pasar por las comisiones correspondientes y tras un enconado debate en el que los partidos Peruanos Por el Kambio, el centrista Acción Popular y los grupos de izquierda Nuevo Perú y Frente Amplio cuestionaron al fujimorismo por promover esta polémica ley y advirtieron que fomenta la impunidad.
La norma plantea liberar con grilletes electrónicos a mujeres mayores de 70 años y hombres mayores de 75 años que hayan cumplido un tercio de la condena que les fue impuesta.
Asimismo, rebaja cinco años en cada caso la barrera para acogerse a estos beneficios si los presos han cumplido un tercio de la pena y además padecen alguna enfermedad grave o crónica.
También contempla a los presos mayores de 65 años que sufran una discapacidad severa permanente y a los mayores de 70 años que hayan cumplido un tercio de la pena y de ellos dependa algún familiar directo con discapacidad severa permanente.
El texto excluye de estos beneficios a los condenados por terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, violación sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada y organización criminal.
Por ello, no solo se puede acoger a sus beneficios el expresidente Fujimori, sino también su exasesor Vladimiro Montesinos, responsable de la gran red de corrupción que se fraguó durante el régimen fujimorista.
También para aquellos miembros del grupo militar encubierto Colina, responsable de las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), en las que murieron 25 personas, entre ellas un niño, crímenes de lesa humanidad y por los que Fujimori fue condenado a 25 años de prisión como autor mediato (con dominio del hecho).
Desde que la Justicia peruana anulara su indulto y ordenara su reingreso en prisión, se encuentra internado en un hospital de Lima a la espera de que los médicos le den el alta médica para poder reingresar en prisión.
EFE