El Tribunal 39 de Control del Área Metropolitana de Caracas ordenó privativa de libertad contra los ciudadanos Jhonny Rodríguez, Amancio Rodríguez, Elio Urdaneta, Ronny Ortigoza, Luis Curiel y José Morles, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, quienes presuntamente actuaron en el homicidio del ciudadano Benito Cobis, comisario jefe de la Dirección de Inteligencia y Estrategias Preventivas (Diep) del Zulia.
Los ciudadanos antes mencionados están presuntamente incursos en la comisión de los siguientes delitos: sicariato, robo agravado y asociación para delinquir. Y adicionalmente para los ciudadanos Jhonny Rodríguez y Ronny Ortigoza, se les precalificó el delito de uso indebido de arma orgánica.
Benito Cobis, comisario jefe de la Dirección de Inteligencia y Estrategias Preventivas (Diep) del Zulia fue asesinado en Cabimas, Costa Oriental del Lago, al ser interceptado en el sector Monte Pío, adyacente a la carretera Lara Zulia, junto a dos escoltas quienes también murieron.
La sentencia del Tribunal 39 de Control ordena que se mantenga preventivamente como centro de reclusión la brigada de acciones especiales del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
Esta causa la conoce este Juzgado de Caracas una vez que por decisión de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) fuese radicada en el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Así lo indica la sentencia N° 281, que declaró ha lugar la solicitud de radicación propuesta por el Ministerio Público, luego de constatar la Sala del TSJ que se cumplen los extremos exigidos en el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal.
Nota de prensa