En Gaceta Oficial Nro. 41.528 del 20 de noviembre de 2018 fue publicada la creación de la Tesorería de Criptoactivos, que contará con capital social de Bs 1.000 millones de los “fuertes”, según publica el diario El Universal.
Así está establecido en el Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la Empresa del Estado Denominada “Tesorería de Criptoactivos de Venezuela, S.A”, el monto anteriormente referido equivale a 10.000 bolívares de los soberanos.
El documento fue levantado antes de la reconversión monetaria, fue presentada para su registro mercantil el 10 de octubre, cuando ya el gobierno nacional había hecho varios cambios en el sector de criptoactivos y en el monetario.
La presidencia estará a cargo de Abrahan Landaeta, quien también tendrá entre sus funciones la tesorería de la referida institución que estará adscrita a la Vicepresidencia de la República y tendrá un patrimonio distinto e independiente del Fisco Nacional.
La Empresa tendrá por objeto social la emisión, custodia, recaudación, distribución de criptoactivos, así como todas las actividades inherentes a la percepción de ingresos, transferencias, realización de pagos, inversiones, administración de fondos, gestión de criptoactivos e instrumentos negociables, destinados a sostener su valor, emisión y gestión de la infraestructura y el sistema de información de los criptoactivos.
De acuerdo con la cláusula cuarta del documento, la empresa tendrá una duración de 50 años, aunque podrá ser prorrogada. No se indica el plazo.
En cuanto a la aplicación de los recursos, señala el documento oficial que la Empresa a los fines de promover el desarrollo nacional y actuando apegada a su objeto podrá realizar la gestión económica de los criptoactivos con el propósito de sostener y promover su valor y uso corriente en el mercado, debiendo crear y mantener actualizado el Sistema de Registro de Operaciones que se llevan a cabo en ficha criptográfica, para ello definirá la plataforma de cadena de bloques (blockchain) necesaria para llevar a cabo las operaciones, en consecuencia podrá mantener cuentas en moneda extranjera en instituciones financieras ubicadas en el país o en el extranjero.
La Empresa podrá destinar parte de las ganancias que genere a prevenir con mecanismos apropiados el fraude en el manejo de los fondos.
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