Mientras el régimen de Maduro plantea diálogos de paz, los funcionarios de facto tratan de activar, ilegalmente, resoluciones para perseguir a sus adversarios en el exterior en abierta violación a los Derechos Humanos. En tal sentido, y para poner coto a tal ilegalidad, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo, en ponencia del Magistrado Gustavo Sosa Izaguirre, resolvió que “los actos, decisiones, resoluciones, solicitudes emanadas o que emanen de los órganos de facto que integran el Sistema de Justicia encabezados por las personas que en forma ilegítima ocupan el cargo de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, la Fiscalía General, Cancillería y los representantes del régimen de facto que dirige Nicolás Maduro Moros, son carentes y desprovistos de validez y eficacia constitucional”.
La sentencia de fecha 24 de Mayo de 2019, por recurso interpuesto de interpretación por la Fiscal Luisa Ortega Díaz ante el TSJ, expresa que de conformidad con el artículo 187.14 de la constitución venezolana, las autoridades legítimas reconocidas de Relaciones Exteriores, son los designados por el Presidente (e) de la República, Diputado Juan Guaidó Márquez, y ratificadas por el parlamento venezolano.
Finalmente, la sentencia exhorta a la Fiscal General Ortega Díaz, a abrir una investigación a los ciudadanos Tarek William Saab y Alberto Arreaza, quienes ejercen de manera ilegitima los cargos de fiscal y canciller respectivamente, así como a los miembros del Tribunal Supremo de Justicia de facto.
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Sentencia Exp SC-2019-0001 Ponente GUSTAVO SOSA Recurso Interpretacion Extradicion by La Patilla on Scribd