La ley que regula el consumo, porte y distribución de estupefacientes y bebidas alcohólicas en lugares en los que haya niños, fue firmada este viernes por el presidente colombiano, Iván Duque.
La norma aprobada por el Congreso refuerza lo establecido en el Decreto 1844 de 2018, en el cual se determinó el control del consumo, porte y distribución de estupefacientes en lugares públicos, entornos escolares y parques, donde hay presencia de niños y adolescentes.
La nueva legislación dota a las autoridades de las herramientas necesarias para confiscar la droga que un ciudadano porte en espacios públicos para evitar que los expendedores utilicen la dosis mínima para inducir al consumo a los niños.
Se aclaró además que “esta Ley no debe ser interpretada como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público”, explicó la Presidencia en un comunicado.
Otra decisión que se adoptó en esta Ley es la creación de salas de atención, tratamiento y rehabilitación integral en los Centros de Atención en Drogadicción (CAD).
Según el gobierno la medida “representaba una manera de lucha contra el microtráfico de estupefacientes, en la medida en que los distribuidores de estas sustancias apelan a la figura de la dosis personal para comercializar ilegalmente estos productos”.
La ley aclara que será la asamblea o el consejo de administración el encargado de regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en determinadas áreas de las zonas comunes, en conjuntos residenciales o las unidades de propiedades horizontales.
La prohibición, explica la Presidencia que cobija “zonas históricas o declaradas de interés cultural, u otras establecidas por motivos de interés público, que sean definidas por el alcalde del municipio”.
El espíritu del decreto, como lo dijo siempre el manifestado el presidente Duque, es garantizar la integridad de los menores de edad y que no se vean expuestos ante quienes consumen este tipo de sustancias.
EFE