La Justicia española ha condenado al presidente regional de Cataluña, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación para cargo público por desobedecer a la autoridad electoral, que le ordenó retirar símbolos secesionistas de edificios públicos en período de elecciones.
La condena, sin embargo, no es todavía firme, dado que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo (TS), así que no implica que Torra sea apartado del cargo de presidente catalán de forma inmediata.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) publicada este jueves constata la “recalcitrante y reiterada actitud desobediente” de Torra al negarse a retirar lazos amarillos y pancartas de apoyo a los procesados y encarcelados por el proceso soberanista ilegal en la región española de Cataluña en 2017.
Durante la campaña electoral de los comicios generales del 28 de abril, Torra no acató las órdenes de la Junta Electoral Central (JEC) española, lo que es muestra de una “voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca” de contravenir sus mandatos con “alarde público” de ello, según el TSJC.
El 14 de octubre pasado, el TS condenó a penas de entre 9 y 13 años a nueve líderes independentistas -encarcelados ya provisionalmente- por delitos de sedición y malversación, según el caso, en relación con el proceso soberanista catalán.
En noviembre pasado, Torra admitió que sí desobedeció a la JEC porque, según opinó en el juicio, porque su orden era “ilegal”, dictada por un órgano que “no tenía la competencia” para ello ni es superior jerárquicamente al gobierno regional de Cataluña, dijo.
Por tanto, es un caso de “censura” y de vulneración del derecho a la libertad de expresión, argumentó Torra. EFE