Súmate: Realizar elecciones sin un nuevo CNE agravaría la crisis institucional 

Súmate: Realizar elecciones sin un nuevo CNE agravaría la crisis institucional 

El logotipo del Consejo Nacional Electoral (CNE) se ve en su sede en Caracas, Venezuela, el 26 de febrero de 2018. REUTERS / Marco Bello

Ante el debate que se plantea en los diferentes sectores de la sociedad venezolana sobre la ocurrencia de las próximas Elecciones Parlamentarias que, según la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), deberían realizarse antes de finalizar este año 2020, ya que la nueva Asamblea Nacional (AN) deberá asumir el próximo 5 de enero de 2021; nuestra Asociación Civil Súmate fija posición:

1. Las Elecciones deben ocurrir acorde con la finalización de los períodos constitucionales y legales de los cargos de representación política, o cuando se produzca la falta absoluta o la remoción de quienes los ejercen. Además, la Constitución de la República establece que el sufragio debe realizarse “mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”, (artículo 63); y la Ley Orgánica de Procesos Electorales complementa este derecho al determinar que “El proceso electoral constituye los actos y actuaciones realizados en forma sucesiva por el Consejo Nacional Electoral dirigidos a garantizar el derecho al sufragio, la participación política y la soberanía popular, como fuente de la cual emanan los órganos del Poder Público”, (artículo 2); y que debe ser regido “por los principios de democracia, soberanía, responsabilidad social, colaboración, cooperación, confiabilidad, transparencia, imparcialidad, equidad, igualdad, participación popular, celeridad, eficiencia, personalización del sufragio y representación proporcional”, (artículo 3).

2. En Venezuela están pendientes por realizar además de las Elecciones Parlamentarias, las Elecciones Presidenciales. De acuerdo con el marco constitucional y legal de la República, los comicios parlamentarios deben ocurrir a más tardar en diciembre de 2020, porque el período de cinco años de los diputados electos el pasado 6 de diciembre de 2015 vence el próximo 5 de enero de 2021, (artículo 192 de la Constitución); y también se deben convocar nuevamente las Elecciones Presidenciales, debido a que las realizadas el pasado 20 de mayo de 2018 no fueron libres ni competitivas, porque no se cumplieron con las disposiciones constitucionales y legales que rigen su convocatoria, organización y desarrollo, demostrado en la vulneración de derechos fundamentales, entre ellos el derecho a elegir y ser elegido; y que agravaron la grave crisis política e institucional, evidenciada en pronunciamientos y acciones en su rechazo dentro y fuera del país. En el ámbito nacional una de las máximas expresiones de protesta fue la que ocurrió el mismo día del evento cuando solo concurrió el 46 por ciento de los electores con derecho al voto según el boletín final del Consejo Nacional Electoral (CNE) publicado en su sitio web (cne.gob.ve) el 28 de mayo de ese año, mientras que en las dos elecciones presidenciales precedentes (7 de octubre de 2012 y 14 de abril de 2013) la participación fue del 80 por ciento. En el ámbito internacional fueron desconocidas por los organismos multilaterales como la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea (UE), y por un numeroso grupo de países democráticos del mundo, entre ellos los congregados en el Grupo de Lima.





3. Para la realización de las próximas Elecciones Parlamentarias se debe reestablecer las garantías constitucionales vulneradas en las Elecciones Presidenciales del 20 de mayo de 2018, porque en el caso contrario la crisis política e institucional generada por estas últimas tendría mayores consecuencias, porque el nuevo Poder Legislativo Nacional tampoco sería producto de unas elecciones libres, competitivas, justas y trasparentes. Entre las decisiones inconstitucionales que se deben revertir destacan: la inhabilitación de los principales partidos de la oposición; la negativa a darle curso a las solicitudes de la legalización de nuevas agrupaciones políticas conforme al derecho constitucional de asociación con fines políticos (artículos 52 y 67); la inhabilitación política a líderes políticos y diputados; y el encarcelamiento por razones políticas. Además, se deben construir garantías para que estas prácticas no se sigan utilizando con el fin de vulnerar el derecho constitucional a ser elegido, (artículos 42, 65 y 67).

Aunado a la exhortación a los poderes públicos nacionales de someterse al imperio de la Constitución de la República (artículo 7) y que permitan el reestablecimiento de las garantías constitucionales que han venido siendo vulneradas en los procesos electorales y solicitudes de referendos luego de las Elecciones Parlamentarias de diciembre de 2015, y en el desconocimiento de los resultados electorales, expresado en la decisión de anular a través de la declaratoria de desacato a la actual Asamblea Nacional desde su instalación hasta la fecha, como en el establecimiento de figuras paralelas a los gobernadores de oposición a través de los protectorados, más el desconocimiento de los gobernadores electos en los estados Zulia y Bolívar; nuestra Organización Ciudadana Súmate plantea que hay otros retos políticos y técnicos a superar para la realización de las próximas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias, entre los que destacan:

1. El nombramiento del nuevo directorio del Consejo Nacional Electoral, acorde con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Poder Electoral, entre ellos que sean personas “no vinculadas a organizaciones con fines políticos”. Urge la elección de un nuevo Poder Electoral, de lo cual están conscientes los factores políticos, que acordaron el pasado mes de noviembre dar inicio a su renovación en la Asamblea Nacional, como lo exige el artículo 296 de la Constitución, proceso que se encuentra paralizado desde el pasado 13 de marzo de este año 2020, cuando solo se avanzó hasta la constitución del Comité de Postulaciones Electorales (CPE). En este sentido, hacemos un llamado a los factores políticos a reactivar el proceso de elección del nuevo directorio del Consejo Nacional Electoral, y que el CPE puede comenzar a cumplir con sus funciones legales de “convocar, recibir, evaluar, seleccionar y presentar ante la plenaria de la Asamblea Nacional las listas de las candidatas calificadas o los candidatos calificados a integrar el ente rector del Poder Electoral”, (artículo 17 de la LOPE); para lo cual sugerimos se haga uso de reuniones remotas e incluso reuniones en sitio, manteniendo el distanciamiento físico y otras medidas de protección personal recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), para evitar riesgos a la salud por la pandemia del coronavirus COVID-19.

2. La recuperación de la confianza en el sistema electoral, ya que el actual directorio del CNE en su origen como en su desempeño ha ocasionado graves daños a la credibilidad en el poder del voto y en las elecciones como vía de solución a los graves problemas que afectan al país. Esta es una tarea que corresponderá al nuevo Poder Electoral ya que implica la recuperación de la confianza en el voto como instrumento de cambio; construir la certeza de que las elecciones reflejarán fielmente la voluntad de los ciudadanos; y asegurar las garantías electorales que permitan que los venezolanos recuperemos la legitimidad de las instituciones. Eso significa que las próximas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias se hagan acorde con los principios constitucionales de “la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales…”, (artículo 293).

3. La restauración de la plataforma automatizada de votación, la cual fue destruida por el incendio ocurrido el pasado 8 de marzo; decisión que debe asumir el nuevo directorio del CNE, con lo cual se podría evitar que se reactiven los cuestionamientos producidos en el pasado reciente sobre la confiabilidad del sistema de votación, entre ellos la puesta en duda de “el secreto del voto”. Hasta la fecha el país desconoce si se ha conformado alguna instancia o equipo técnico con el aval de los factores políticos para buscar soluciones acordes con la realidad económica del país, entre ellas si se ha solicitado ayuda a los organismos multilaterales como la OEA y la ONU, otros organismos internacionales y países con clara vocación democrática que cuentan con la experiencia y los recursos técnicos y financieros necesarios. Sin la solución a este problema en lo inmediato es difícil acometer los comicios pendientes, como son los presidenciales y parlamentarios.

4. El nuevo Poder Electoral deberá decidir si estamos a tiempo o no para la realización de las Elecciones Parlamentarias este año, lo cual hace necesario que convoque a todos los sectores del país en el contexto de una amplia discusión nacional, y en el que involucre directamente a todos los actores políticos, gobierno, oposición y disidencia del oficialismo; para fijar la fecha del acto de votación y desde ahí proceda a elaborar el cronograma donde muestre la ruta para la ejecución de todas las actividades y los tiempos necesarios requeridos acorde con la LOPRE y el Reglamento de esta Ley, como determinar también quiénes serán los responsables de su ejecución y las diversas áreas funcionales que colaborarán para su concreción; e incluya los recursos humanos y financieros requeridos.

5. El nuevo Poder Electoral deberá acometer, como una de las primeras acciones para la realización de cualquier elección o consulta refrendaria, la actualización del Registro Electoral, con el fin de asegurar que estén “todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política… y los extranjeros o extranjeras que hayan cumplido dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país”, (artículo 64 de la Constitución). Esto implica, de acuerdo con estudios de Súmate, la actualización de datos e inscripción de al menos cuatro millones de ciudadanos en Venezuela y por lo menos 3 millones en el exterior. Es oportuno aclarar que este último número de ciudadanos implica a quienes están en edad para ejercer el voto dentro del contingente de los más de cinco millones de venezolanos migrantes, refugiados y solicitantes de asilo de acuerdo al último reporte de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) del 5 de mayo de este año. Garantizar el derecho constitucional al sufragio a este importante número de venezolanos en el exterior, representará otro reto para el nuevo directorio del CNE, ya que deberá facilitar todos los medios disponibles con el fin de que actualicen la información correspondiente a su residencia en el exterior, para que puedan participar en las próximas Elecciones Presidenciales pendientes.

6. Finalmente, definida una ruta para resolver tan importantes asuntos descritos anteriormente, el nuevo Poder Electoral es el que deberá decidir, de cara al país, con la participación de todos los factores políticos, una fecha para realizar las Elecciones Presidenciales y las Parlamentarias, considerando también todas las medidas de prevención ante la presencia de la Pandemia por COVID-19 en el país indicando las pertinentes para evitar los riesgos a la salud a los que podrían estar expuestos millones de electores, junto a miembros de mesa, personal administrativo del CNE y efectivos del Plan República, ya que el acto de votación en nuestro país es presencial en el lapso de 12 horas continuas en un mismo día, (artículo 121 de la LOPRE).

Nuestra Asociación Civil Súmate considera que la mejor forma de allanar el camino para contribuir a que las próximas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias sean libres y competitivas es rescatar el estado de derecho, elegir un nuevo CNE independiente e imparcial, reestablecer todas las garantías constitucionales y legales; y que los actuales poderes públicos se sometan al imperio de la Constitución reconociendo que “Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.”, (artículo 5 constitucional); lo cual les exige levantar la medida arbitraria de declaración de “desacato” a la actual Asamblea Nacional, con la cual han pretendido anularla y se han permitido usurpar sus competencias constitucionales durante estos cuatro años y medio de su existencia; cesar la persecución, detención y judicialización de aproximadamente 40 diputados de la oposición y disidentes; levantar las medidas de inhabilitación política para ejercer cargos públicos a líderes políticos y sociales y anular la decisión de ilegalización a los principales partidos políticos de la oposición; y convocar a la ciudadanía a participar en elecciones bajo la facilitación de la Observación Internacional Calificada, como garante de que no se desconozca la expresión de la soberanía popular a través del voto.