Sala Electoral del Tribunal Supremos de Justicia legítimo solicitó la suspensión de la convocatoria a elecciones de de diputados a la Asamblea Nacional del próximo 6 de diciembre.
Por lapatilla.com
Respecto a la cautelar solicitada, consistente en la suspensión de la convocatoria de las elecciones realizada por el Consejo Nacional Electoral para el día 6 de diciembre del presente año, se observa que el objeto de las medidas cautelares es asegurar la efectividad de la sentencia, y, por ende, del derecho en ella reconocido; y es su característica más típica la de la instrumentalidad, puesto que, como señala Calamandrei, constituyen un medio predispuesto para el mejor éxito de la providencia definitiva cuyos efectos anticipan.
En tal virtud, debe considerarse que el cometido del instituto cautelar es “prevenir posibles perjuicios a los sujetos de un litigio o de un posible litigio, o más precisamente, a los titulares o presuntos titulares de un derecho subjetivo material, que eventualmente pueda ser actuado ante la jurisdicción”.
Sentencia 14/8/2020: Sala Electoral @TSJ_Legitimo resuelve Amparo donde solicitan SUSPENSIÓN de convocatoria a ELECCIONES de DIPUTADOS a la @AsambleaVe. Son INVÁLIDOS todos los actos dictados por quienes fungen como RECTORES del @ve_cne. https://t.co/fAQRZIvsV2
— TSJ_Legítimo (@TSJ_Legitimo) August 15, 2020
Sentencia
Sentencia de Amparo Contra Convocatoria Elecciones 2020 by La Patilla on Scribd