Qué significa el informe de la fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Venezuela y cómo sigue el proceso

Qué significa el informe de la fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Venezuela y cómo sigue el proceso

La fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) indicó el lunes en su informe sobre la situación en Venezuela que hay fundamentos razonables para “creer que, al menos desde abril de 2017, autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno”, han cometido crímenes de lesa humanidad.

Por Demian Bio / infobae.com





En concreto, mencionó los de encarcelación, tortura, violación y/u otras formas de violencia sexual y persecución de un grupo o colectividad en motivos políticos”. Y señaló a miembros de numerosas fuerzas de seguridad del régimen de Nicolás Maduro como “presuntamente responsables por la comisión material de los presuntos crímenes”.

No obstante, pese a la contundente declaración, la investigación se encuentra aún en su examen preliminar -la primera etapa del proceso ante la CPI- y no ha concluído: la fiscalía debe analizar información enviada por el régimen de Nicolás Maduro para decidir si no tiene la capacidad o la voluntad de llevarlo a cabo por cuenta propia para seguir adelante.

Infobae consultó a expertos en derecho internacional sobre las potenciales etapas futuras del caso, así como precedentes cuyos desenlaces que ilustren los caminos que este podría tomar.

Natalia Luterstein, doctora en Derecho Internacional Público por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, explicó que para concluir el examen preliminar todavía debe “analizar la admisibilidad de la investigación”.

Ello implica “analizar si en Venezuela se están llevando a cabo investigaciones y enjuiciamientos sobre los hechos que forman parte de la situación”. El Estatuto de Roma, el instrumento constitutivo de la CPI, determina que el tribunal se hará cargo de la situación solo en caso de que esto no se cumpla porque “es complementaria de las jurisdicciones nacionales.

“El informe de la Fiscalía dice que las autoridades venezolanas le han enviado información sobre esta cuestión y se comprometieron a enviar el resto de la información solicitada para enero de 2021. La Fiscalía deberá entonces analizar la información enviada por el Estado para hacer alguna determinación”, detalló Luterstein.

(ARCHIVOS) En esta foto de archivo tomada el 29 de septiembre de 2015 en la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya, se muestra al fiscal general de la CPI, Fatou Bensouda, cuya oficina dijo el 5 de mayo de 2019, Estados Unidos revocó su visa debido a una posible investigación. de las acciones de los soldados estadounidenses en Afganistán.
PETER DEJONG / PISCINA / AFP

 

De efectivamente concluir que se cumplen todos los requisitos de la fase, la fiscalía dará comienzo a la investigación formal. En esa instancia podrá tomar como base la evidencia recabada y ampliar su alcance. Nahuel Maisley, doctorando en la Facultad de Derecho de la Univesidad de Buenos Aires y profesor de la Universidad de Nueva York, indicó que en esta instancia también es necesario “avanzar e identificar acusados específicos”. Además, dijo, el estandar probatorio se incrementa.

“En el examen preliminar se trata de determinar si se alcanzó el umbral requerido para abrir una investigación y no hace falta investigar todos los crímenes que podrían haberse cometido, solamente debe demostrar el patrón más amplio de victimización de acuerdo con la información disponible en el momento. Si se abriera formalmente la investigación, entonces ya intervendrían los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares en ciertos actos procesales”, graficó por su parte Luterstein.

En el informe de esta semana el cuerpo liderado por Bensouda únicamente enumeró las fuerzas de seguridad del régimen cuyos miembros son presuntos autores materiales de los crímenes: “la Policía Nacional Bolivariana; (“PNB”), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (“SEBIN”), la Dirección General; de Contrainteligencia Militar (“DGCIM”) y la Fuerza de Acciones Especiales (“FAES”)”, entre otros. El documento también hace referencia a las milicias paramilitares al servicio de la dictadura, conocidas como “colectivos”, e indica que actuaron “junto con miembros de las fuerzas de seguridad o con su consentimiento”.

La fiscalía del régimen, a cargo de Tarek William Saab, ha enviado documentos a la CPI y este martes aseguró que “continuará colaborando”. No obstante, la nueva etapa de investigación podría probar ser un punto de inflexión en la relación entre las partes, considerando que representa un paso significativo hacia la individualización de los eventuales acusados entre los que posiblemente estarían las altas esferas del chavismo.

Foto: CPI

 

Maisley explicó que “jurídicamente Venezuela tendría la obligación de cumplir [con los requerimientos] porque es Estado parte”, pero que de no ser este el caso la CPI cuenta con distintas herramientas para continuar con su investigación en caso que se le negara el ingreso al país o el acceso a información relevante. Entre ellas se cuenta la recabación de testimonios de presuntas víctimas fuera de las fronteras del país caribeño, tal como lo ha hecho por ejemplo la Fact Finding Mission de la ONU, que en septiembre determinó que Maduro y sus ministros más influyentes están vinculados con posibles “crímenes de lesa humanidad”.

El precedente de Omar al-Bashir

El abogado indicó a su vez que la situación de Venezuela es prácticamente única, considerando que los potenciales acusados continúan ejerciendo el poder fáctico en el país donde se desarrollan los hechos. El único precedente similar, remarcó, es el del dictador sudanés Omar al-Bashir.

Una Cámara de Asuntos Preliminares emitió en 2009 una orden de arresto contra al-Bashir por los delitos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos desde el 2003 en Darfur, luego de acordar con partes de la acusación del entonces fiscal general Luis Moreno Ocampo.

Sudán no era Estado parte del Estatuto de Roma y al seguir al-Bashir en el poder, predeciblemente el país evitó cumplir con la orden emitida. Sin embargo, los otros Estados parte tenían la obligación de hacer cumplir el Estatuto. En consecuencia, pese a la existencia de la costumbre internacional de respetar la inmunidad de jefes y jefas de Estado, el dictador estuvo cerca de ser arrestado en suelo extranjero.

Maisley recordó un episodio en Sudáfrica en 2015, donde una corte emitió una orden cuando al-Bashir visitó el país en el marco de una cumbre de la Unión Africana. La decisión no se materializó: las autoridades indicaron que como jefe de la delegación contaba con inmunidad, argumento que generó una crítica enfática de la CPI.

El dictador, no obstante, fue depuesto en abril de 2019 y desde entonces no solo se le han iniciado distintos procesos en territorio sudanés, sino que la alianza de transición a la democracia indicó a finales de ese año que había llegado a un consenso para transferirlo al órgano internacional. El 11 de febrero de 2020, el consejo militar del país acordó enviarlo a La Haya, donde está emplazada la corte. En octubre Bensouda viajó al país y manifestó que debe ser juzgado “sin demoras”.

Pero más allá del destino de al-Bashir, su caso ilustra un posible futuro para Maduro, en caso que se mantenga al mando del Ejecutivo en Venezuela y la CPI lo encuentre culpable. En este escenario, podría verse impedido de salir del país o viajar a un territorio donde no solo no sea reconocido como jefe de Estado, sino donde también enfrente la posibilidad de ser arrestado y extraditado.

El contenido del informe preliminar no implica la certeza de que las otras instancias del organismo acuerden con su contenido sin más. Luterstein recordó distintos casos de acusaciones que no prosperaron. Uno de ellos fue el caso Abu Garda en la situación de Darfur. En 2009 la Cámara de Asuntos Preliminares lo encontró culpable de crímenes de guerra. Pero el caso luego fue revertido y desechado por instancias superiores.

“También ha ocurrido que la Sala de Primera Instancia ha absuelto al acusado (por ejemplo, el caso Ngudjolo Chui de la situación de la República Democrática del Congo) o que luego de una condena en primera instancia, la Sala de Apelaciones ha dado vuelta la condena y ha decretado la absolución (caso Bemba Gombo de la situación de la República Centroafricana)”, detalló.

Críticas a la CPI

Finalmente, ambos expertos se refirieron a las críticas hacia el accionar del cuerpo. Maisley explicó que en el plano general se le ha recriminado “lentitud y lo aleatorio de ciertas decisiones”, mientras que en el caso particular de Venezuela la Organización de Estados Americanos (OEA) aseguró que ha habido “inacción” a la hora de investigar.

Luterstein notó que “existen otras situaciones que se encuentran bajo examen preliminar hace mucho más tiempo que la de Venezuela”. “Colombia se encuentra bajo examen preliminar desde 2004.”, graficó. Además, dijo, “la Fiscal afirmó en la Asamblea de Estados Parte que está teniendo lugar actualmente que uno de sus mayores obstáculos es la falta de recursos”.

Maisley, por su parte, enfatizó en la complejidad de la tarea “tanto en términos técnicos como políticos”. “El acceso a la información relevante es muy difícil y podría desatar situaciones que exceden lo jurídico, sobre todo mientras los conflictos están ocurriendo. En cuanto a lo político, también hay intereses cruzados en la comunidad internacional, grandes potencias que prestan atención. Por el caso de Venezuela pero también por lo que podría pasar en el futuro. Las sanciones a funcionarios de la CPI por parte de Estados Unidos es indicativo de que la situación general es compleja más allá de las tensiones específicas del caso Venezuela”, concluyó.