La Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela enviaron una carta a Jorge Arreaza, canciller del régimen de Nicolás Maduro, y a su número dos, Delcy Rodríguez, acerca del “tema Esquibo“.
lapatilla.com
El comunicado:
Después de escuchar la intervención del presidente de la Comisión especial designada por la Asamblea Nacional para la defensa del Esequibo, en la sesión del día 23 de febrero de 2021, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales se dirige a ustedes para manifestarles lo siguiente:
Se acerca el momento en el que debe decidirse si Venezuela comparece o no en el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia
(CIJ), en relación con la demanda incoada por la República Cooperativa de Guyana para pronunciarse sobre la nulidad o validez del laudo de París, del 3 de octubre de 1897. Ésta es una decisión trascendental, que quizá sea la última oportunidad para defender eficazmente el territorio del Esequibo, y que no tendrá marcha atrás; por lo tanto, exhortamos a quienes ejercen el Gobierno Nacional a que esta decisión sea cuidadosamente analizada y consultada.
En esta oportunidad la Academia desea recordar que, actualmente, la zona en reclamación está en posesión de Guyana; no de Venezuela, quien ha otorgado concesiones para la explotación de los recursos naturales de la zona en reclamación, y quien está usufructuando esos recursos. La recuperación del territorio Esequibo no se logrará con declaraciones ni con reformas constitucionales o con informes clasificados.
La recuperación efectiva del territorio Esequibo se logrará haciendo valer el derecho que asiste a Venezuela través de los medios del derecho internacional y con estrategia diplomática.
Llama la atención que una Comisión de la Asamblea Nacional haya acordado reunirse con el Alto Mando Militar, como si fuera una cuestión ya decidida afrontar el problema mediante el uso de la fuerza armada. La sola insinuación de esa idea que viola el Derecho Internacional y que sería rechazada por la comunidad internacional nos aleja de una solución satisfactoria para la defensa de los derechos de Venezuela en el Esequibo.
Si vamos a “dirigir un mensaje al mundo” -como dice el presidente de la citada Comisión de la Asamblea Nacional- ese es el mensaje equivocado. Abrigamos la esperanza de que esa no sea la posición del Gobierno Nacional.
Venezuela es parte en la controversia planteada ante la CIJ, y de acuerdo con el artículo 94 de la Carta de la ONU, está en la obligación de cumplir con la sentencia que finalmente adopte el Tribunal.
Según el artículo 60 del Estatuto de la Corte, del cual Venezuela es parte como Estado parte de la Carta de la ONU conforme a sus artículos
92 y 93.1, la sentencia será “definitiva e inapelable”. De manera que no cabe pensar en recursos no previstos en el ordenamiento jurídico ante la Asamblea General de la ONU o ante el Consejo de Seguridad, dando por sentado que, luego del fallo de la Corte, allí encontraremos una audiencia más proclive a quien no habría defendido sus derechos ante los estrados de la CIJ.
La Asamblea General de la ONU, en su resolución 3232 del 22 de noviembre de 1974, exhortó a los Estados a recurrir a la CIJ, que es “el
órgano judicial principal de las Naciones Unidas”, para resolver cualquier controversia pendiente, y subrayó que dicho recurso no es un gesto
inamistoso. Además, según el artículo 94.2 de la Carta de la ONU, la única competencia que se confiere al Consejo de Seguridad en relación con los fallos de la Corte es dictar medidas para que los mismos sean debidamente ejecutados.
La no comparecencia formal de Venezuela en la etapa anterior del proceso ante la CIJ la privó de ejercer en plenitud sus derechos procesales
para argumentar y probar la incompetencia de la CIJ, hacer sus alegatos orales en la audiencia ante la Corte y nombrar un juez ad-hoc.
Por tratarse de un asunto de Estado que, por ende, concierne a todos los venezolanos, esta Corporación se permite reiterar la posición de la Academia en relación con la necesidad de que los intereses del país sean representados debidamente ante la CIJ, siendo que:
1) A pesar de que no compartamos el contenido de la sentencia que dictó la CIJ sobre su competencia para conocer de este asunto, ella es obligatoria y ha producido sus efectos jurídicos, poniendo en marcha el proceso. Una vez que la Corte dijo su palabra, es ocioso seguir discutiendo si Venezuela consintió o no en la competencia del Tribunal.
2) Como en cualquier proceso judicial, existe la posibilidad de que la Corte falle a favor del demandante. Sin embargo, la Academia considera que el no comparecer en el procedimiento ante la CIJ le puede causar a la reclamación venezolana un daño irreparable, incluso en el supuesto de que el Estado se niegue a cumplir su sentencia.
3) No comparecer ante la Corte, y no presentar nuestros argumentos y pruebas, sólo le hace las cosas más fáciles al demandante.
4) En las actuales circunstancias, la mejor defensa de los derechos de Venezuela en el Esequibo requiere la participación activa de los representantes venezolanos en el procedimiento pendiente ante la CIJ, el cual no debe ser visto como una amenaza, sino como una oportunidad para recuperar un territorio que está en posesión de la contraparte.
5) El Acuerdo de Ginebra para resolver la controversia “fronteriza” entre Guyana y Venezuela sigue y seguirá vigente. Sin embargo, si – en esta fase- el objeto de la controversia es, como ha decidido la Corte, la determinación de la nulidad o validez del Laudo de París, Venezuela tiene sólidos argumentos para demostrar que el laudo es nulo.
6) No hay ninguna razón para negarse a exponer esos argumentos ante un tribunal independiente e imparcial.
En nombre de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, con la esperanza de que estas consideraciones sean debidamente atendidas.
Se suscriben de ustedes
Humberto Romero Muci, presidente. Rafael Badell Madrid, secretario.