“Ser justo con los que conmigo son justos es completamente natural, pero ser justo con los que son injustos conmigo es sin duda un signo de superioridad.” Lin Yutang
Como dijo nuestro colega abogado colombiano, el Doctor Aberlardo De La Espriella (https://www.youtube.com/watch?v=5AGfk7aPsFU), en un discurso en el Congreso de Colombia: “el peor de todos los delincuentes es el funcionario judicial, quien desconoce la ley para fabricar pruebas y perseguir a un inocente, ese es el peor bandido de todos, peor que los narcos, que los paramilitares, que la guerrilla. Porque el funcionario judicial está obligado a acatar la ley. El funcionario judicial representa el espíritu de la nación y la democracia. Estos políticos de pacotilla que nos gobiernan se pueden enloquecer todos, pero los jueces no se pueden enloquecer porque son nuestra consciencia son el alma de nuestra sociedad…”
Pues bien, en Yaracuy enloquecieron, no ahora, desde hace tiempo, sino pregúntenle a quienes libraron de toda responsabilidad, en primera y segunda instancia, a un funcionario policial que robó y agredió a una periodista en plena vía pública. Verdades como esas me comentó nuevamente Cicerón y van a molestar a más de uno en predios de María Lionza, a riesgo de que me señalen de amarillista o, peor, chismoso, un término de uso común en los tribunales judiciales de ese estado, usado para estigmatizar a los detractores. A sabiendas de los riesgos, denunciaré públicamente, una vez más, irregularidades a las que autoridades judiciales han de poner coto, sopena de enrarecer aún más el escenario poco halagador que viene observando el Fiscal de la CPI en cuanto a la opacidad del sistema de justicia venezolano.
El Libertador Simón Bolívar dijo: “El que manda debe oír aunque sean las más duras verdades y, después de oídas, debe aprovecharse de ellas para corregir los males que producen los errores propios”, muy a tono con el presente caso, que muy bien se puede poner en contexto trayendo a colación palabras del Presidente de la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional, diputado Pedro Carreño, quien en la edición N° 80 del programa “Desenlaces”, transmitido en un canal oficialista, dijo en clara e inteligle voz: “la irregularidad mayor [se refería a las del Poder Judicial, a las del sistema de justicia] es la corrupción y la corrupción es un problema ético, es un problema de valores, es un problema de principios (…) la corrupción que pulula allí y todo lo que está pasando dentro del sistema de justicia, Dios mío, no van hacer una rectificación” (https://youtu.be/n-mufz-0sTU).
¡Corrupción! ¡Falta de ética! ¡Desvenguenza! Ese es exactamente el caso de los operadores de justicia Sorelys B. Quintero Briceño, Rossmary Ceballos Olmos, Cruz M. Anzola Gutiérrez, Joisie J. James Peraza y Pilar C. Valverde Medina, a quienes se denunció por ante la Inspectoría General de Tribunales del Tribunal Supremo de Justicia, dado que en desmedro de los valores que representa el desempeño de la función del servicio público de administración de justicia, en franco agavillamiento, se han complotado para ejecutar terrorismo judicial (como sub género del establecido por la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo de Justicia), valiéndose del poder que ejercen para acosar, intimidar y amedrentar a través de varios procesos judiciales, en los que es parte el ciudadano Osmer Istúriz Otero, vulnerando sus derechos constitucionales a obtener con prontitud la decisión judicial correspondiente (artículo 26 Constitucional), al debido proceso: a la defensa (artículo 49.1 ibídem), a un tribunal imparcial (artículo 49.3 ídem) y al juez natural (artículo 49.4); contraviniendo los principios procesales de simplificación: brevedad (artículo 450.g de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y de lealtad y probidad procesal (artículo 450.l ídem); y el principio de igualdad procesal (artículo 15 del Código de Procedimiento Civil); ejecutando actos procesales amañados y descaradamente parcializados a favor de la ciudadana Nathaly Giménez Corso.
En el argot judicial es conocido que, en principio, el terrorismo judicial se materializa cuando se utiliza al Ministerio Público y a la jurisdicción penal para tramitar un caso de estricta naturaleza civil o mercantil. En Yaracuy es utilizado un subtipo de ese terrorismo, en la Jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por parte de la tribu judicial compuesta por los jueces antes nombrados y un abogado litigante, bajo la mirada servicial de la saliente Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, para atropellar a Osmer Istúriz Otero con varios procesos judiciales conexos entre sí, en los cuales no tendría ninguna expectativa plausible por obra y gracia de esos jueces nada probos, son estos:
Asunto UP11-J-2021-000184, del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la jueza provisoria Sorelys Quintero Briceño.
Asunto: UP11-J-2021-000631, del mismo Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Asunto: UH06-J-2022-000055, del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la jueza provisoria Rossmary Ceballos Olmos.
Asunto: UP11-V-2021-000258, del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo del juez provisorio Cruz Anzola Gutiérrez.
Asunto: R-2204, del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la jueza provisora Joisie James Peraza. Y,
Asunto: UP11-V-2022-000032, del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la jueza provisoria Pilar Valverde Medina.
Todos los procesos judiciales en cuestión, están siendo tramitadoss por los mencionados jueces en abierta complicidad con su favorecida Nathaly Giménez Corso, quien es parte en todos ellos, en contra del denunciante, quien reveló las irregularidades ante la Inspectoría General de Tribunales, donde la Oficina de Atención al Ciudadano enviará el caso a la Coordinación Nacional de Denuncias, quien hará el respectivo análisis para luego asignar el número de denuncia y a ello haremos seguimiento, en la tónica de agotar instancias y por esa vía recurrir a instancias internacionales, que algún día pondrán en apuro a las feminas y el zagaletón que se prestan para malos manejos de la admiración de justicia, lo cual constituye un delito, que se asume como una gracia que pudiese convertirse en una pastilla.
Los actos irregulares denunciados dan cuenta -entre otros- de que:
No se aguardó por la opinión del Fiscal del Ministerio Público competente, transgrediendo las normas jurídicas revestidas de orden público de los artículos 267 y 270 del Código Civil, para conceder el írrito carácter de curadora especial a favor de dicha ciudadana.
Se utilizó en todos los casos una constancia de unión estable de hecho falsificada por la ciudadana Nathaly Giménez Corso, para acreditarse carácter de heredera, cuyo hecho delictivo, conocido por los referidos jueces, fue denunciado por ante la Fiscalía Superior del Estado Yaracuy.
El concubino y padre del hijo de la jueza Sorelys Quintero Briceño, amiga personal y receptora de dádivas de la susodicha, Efner Parra Hernández, es el profesional patrocinador de su mencionada cómplice Nathaly Giménez Corso.
El juez Cruz Anzola Gutiérrez, paralizó la causa UP11-V-2021-000258 para favorecer a Nathaly Giménez Corso, bajo la insólita petición de que se resucitara a un juez de municipio del mismo estado Yaracuy que había fallecido en noviembre próximo pasado, para que “el resucitado” firmase un auto que carecía de su rúbrica.
En el asunto: UP11-V-2021-000258 existe mutilación de expediente y hurto de escrito (folio 112) consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Se negó en dicho Circuito Judicial de Protección, el préstamo de los expedientes donde es parte el denunciante, con lo cual se le cercenó su derecho constitucional de defensa (folios 217, 218 y 219 del Libro de Préstamos de Expedientes, de fechas 11 y 12 de abril de 2022).
Por lo demás, a la denuncia ante la Inspectoría General de Tribunales se le anexaron un cúmulo de pruebas que corroboran los hechos irregulares acaecidos en el Circuito Judicial de Protección del estado Yaracuy; y se pidió que, de conformidad con el encabezamiento del artículo 81 de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el marco de la inspección y vigilancia de los tribunales de la República, se inicie la investigación contra los referidos jueces provisorios, designados sin concurso de credenciales y, por tanto, de libre remoción por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. De dicha denuncia, Osmer Istúriz Otero remitió copia a la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional. Esperemos que se cumpla la ley…
Pronto vienen más informaciones de otros estados, en especial del poder judicial por los lados de Falcón, según me lo comenta Cicerón… ¡Oído al tambor amigo Tarek William Saab! Desde este espacio pido una audiencia contigo o el funcionario que corresponda para consignar elementos probatorios de las irregularidades aludidas y otras de mayor gravedad que indudablemente restan efectividad a la narrativa oficial desarrollada para apaciguar a la CPI.
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