Carlos Sánchez Berzaín: En Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua el tema no es la justicia politizada, es la dictadura judicializada

Carlos Sánchez Berzaín: En Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua el tema no es la justicia politizada, es la dictadura judicializada

Los jueces y tribunales de Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua dictan sentencias sobre hechos falsificados, violando los derechos humanos, suprimiendo premeditadamente el debido proceso, ordenando detenciones indebidas y condenando inocentes a numerosos años de cárcel para causar miedo en la población y someterla a los detentadores del poder. Estos “crímenes de lesa humanidad” contra inocentes en “situación de indefensión” no son el daño de una “justicia politizada” sino víctimas de la “dictadura judicializada”, en la que el seudo poder judicial es solo una rama de la represión y del “terrorismo de Estado”.

Urge distinguir entre una justicia influida e incluso bajo control del poder político que se denomina justicia politizada y la seudo justicia de una dictadura. Es la distinción fundamental entre una anomalía en el sistema de separación e independencia los poderes públicos y el control total del poder que incluye a los jueces. Se trata de la diferencia entre democracia y dictadura, porque en democracia pueden haber malos y peores jueces por corrupción o por influencia política pero hay mecanismos para juzgarlos, sancionarlos y corregir sus prevaricaciones, lo que no sucede en dictadura donde estos forman parte impune del sistema de terrorismo de Estado que condena falsamente a los ciudadanos y da impunidad a los tiranos.

El “terrorismo de Estado” es “la comisión de delitos desde el gobierno con el propósito de producir miedo o terror en la población civil para detentar el poder produciendo comportamientos que de otra manera no se producirían”. Estos crímenes son comunes y de lesa humanidad, pero todos agravados por la posición de poder.





La utilización del sistema de justicia por las dictaduras para imponer miedo y someter a la población no es nueva, pero no era previsible para el siglo XXI. La dictadura de Cuba desde su acceso al gobierno en 1959 estableció los fusilamientos como método de terror para detentar el poder. Muchos de los fusilamientos se produjeron por órdenes directas del dictador Castro y otros tuvieron juzgamientos apócrifos como la “causa 829 de 1960? que se considera un enjuiciamiento masivo por la cantidad de encausados y condenados.

Armando Valladares, preso político de la dictadura de Cuba por cerca de 23 años y que luego de su liberación fue Embajador de los Estados Unidos en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, relata que al regresar al centro de reclusión luego de ser sentenciado a 30 años de cárcel fue recibido con aplausos por parte de los otros presos, porque solo había dos clases de sentencias, la de fusilamiento y la de 30 años de prisión y él había salvado la vida.

En los 63 años de dictadura castrista en Cuba, el sistema de justicia siempre ha sido una rama del oprobio y del terrorismo de Estado, los llamados jueces son funcionarios de la dictadura que cumplen órdenes. Lo notable es que la dictadura de Cuba se ha expandido en el siglo XXI convirtiendo el castrismo en castrochavismo o socialismo del siglo XXI con el mismo contenido y ha establecido dictaduras -con su misma metodología- en Venezuela, Bolivia y Nicaragua.

Ahora, la dictadura de Cuba aplica el terrorismo de Estado desde su sistema de justicia con cientos de sentencias atroces contra los ciudadanos inocentes detenidos por las protestas del 11 de Julio 2021 con penas de hasta 20 años de prisión.

La dictadura de Nicaragua con sus jueces infames ha condenado a un promedio de más de diez años de cárcel a todos los candidatos de oposición previamente apresados y decenas de líderes sociales y políticos.

La dictadura de Bolivia simulando independencia del poder judicial ha sentenciado a diez años de cárcel a la ex presidenta interina, militares, policías y ciudadanos. La dictadura de Venezuela acaba de condenar a 24 militares con penas de entre 7 y 15 años de prisión.

Ninguno de estos juicios esta fundado en hechos reales que puedan constituir delitos porque son narrativas falsificadas, falsedad de los hechos base de acusación con la consiguiente falsificación de la prueba. Todos y cada uno de estos procesos han violado la libertad de los acusados sometidos en la mayoría de los casos a tortura física y/o psicológica. Violaron la presunción de inocencia, la igualdad jurídica, el principio de imparcialidad del juez, el derecho de defensa, el debido proceso legal. Son linchamientos en que los acusados sufren indefensión y asesinato de su reputación.

No son de procesos judiciales, son crímenes de lesa humanidad cometidos por grupos delictivos organizados. Sus sentencias son nulas de pleno derecho y los autores deben ser acusados y condenados por la justicia universal. No es un tema de justicia sino de dictadura.

*Abogado y Politólogo. Director del Interamerican Institute for Democracy