Semana: La reforma tributaria de Petro y los cinco puntos que asustan a los colombianos

Semana: La reforma tributaria de Petro y los cinco puntos que asustan a los colombianos

Gustavo Petro Presidente electo de Colombia. – Foto: JUAN CARLOS SIERRA

 

 

 





 

El presidente electo Gustavo Petro fue objeto de varias polémicas durante el escenario electoral debido a sus propuestas económicas. Su anuncio de hacer una ambiciosa reforma tributaria es la que más tiene con los pelos de punta a un sector del país, así lo reseñó SEMANA.

La confirmación de que su nuevo ministro de hacienda sería Jose Antonio Ocampo, un reputado economista ubicado entre la ortodoxia y el progresismo, trajo la calma a algunos sectores económicos, que lo ven como una figura conciliadora y sensata.

Sin embargo, los interrogantes al rededor de la reforma tributaria siguen siendo muchos. ¿A quién va a afectar? ¿Quiénes pagarán más impuestos? ¿Logrará recoger el dinero esperado?

Estos son algunos de los puntos más preocupantes para los colombianos en la posible reforma tributaria de Gustavo Petro.

1. ¿Quiénes pagarán impuesto sobre la renta?

Una de las mayores preocupaciones gira al rededor de quiénes serán las personas que deberán el impuesto de renta. Un aumento en la base gravable podría ser una de las estrategias utilizadas por el equipo económico del presidente electo, que busca recaudar un 5,5 por ciento del PIB como monto mínimo adicional, lo que implica conseguir más de 55 billones de pesos.

La preocupación entonces radica en saber a partir de que tope de ingreso pagarán impuestos las personas naturales con la nueva posible reforma tributaria.

El asesor económico de la campaña de Gustavo Petro dejó claro que no se bajará el umbral del impuesto de renta para las personas naturales. Por ejemplo, los colombianos que tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 50.831.000) en 2021 deben declarar renta este año, aunque hay que tener en cuenta que no siempre declarar renta significa pagar.

Esta última aclaración es fundamental, para Maria Camila Acuña, abogada junior en la firma de asesorías tributarias Jimenez Higuita Rodriguez, “en caso de que exista disminución de la base gravable se amplía la cantidad de personas que deben declarar, es decir del cumplimiento de la obligación formal, que no de la obligación sustancial, es decir pagar”.

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