La Academia de Ciencias Políticas y Sociales, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 3 de su Ley de creación, ha expresado públicamente en oportunidades anteriores con relación a la demanda incoada por la República Cooperativa de Guyana (Guyana) en contra de la República Bolivariana de Venezuela (Venezuela) ante la Corte Internacional de Justicia pidiendo que se declare la validez del Laudo de París del 3 de octubre de 1899; y en tal sentido, ha saludado la decisión adoptada por el gobierno nacional de comparecer en el proceso judicial hoy pendiente ante la Corte Internacional de Justicia, designando un juez ad hoc, nombrando a su agente y a sus agentes alternos, y tomando parte activa en el proceso.
En esta oportunidad, considerando la reciente convocatoria de Guyana a licitaciones para la explotación de yacimientos de petróleo y gas en la proyección de la fachada atlántica del territorio en disputa entre Guyana y Venezuela, y el reciente acuerdo de la Asamblea Nacional de Venezuela, convocando a una consulta sobre la controversia que mantienen Guyana y Venezuela sobre el territorio situado al oeste del río Esequibo, reitera una vez más que el éxito o el fracaso en el litigio judicial en curso será de la responsabilidad exclusiva de quienes hoy conducen los destinos del país, pero que, si lo perdemos, perdemos todos los venezolanos. Por lo cual, conscientes de que, dentro de tres o cuatro años habrá una sentencia en el proceso que hoy cursa ante la Corte Internacional de Justicia, y que esa sentencia será obligatoria,
Acuerda:
1. Exhortar al gobierno nacional para que considere solicitar a la Corte Internacional de Justicia la adopción de medidas provisionales urgentes, para detener la explotación de los recursos naturales de la zona en disputa y de su proyección marítima en el Océano Atlántico, a fin de salvaguardar los derechos de las partes mientras no se resuelva la controversia;
2. Instar al gobierno nacional, en todo caso, a afirmar y defender la plena soberanía venezolana en las áreas marinas y submarinas de proyección de nuestra fachada atlántica a partir de Punta Barima, que están fuera de toda discusión ya que no son objeto de la reclamación y que por tanto nos corresponden conforme al derecho internacional, frente a las pretensiones de Guyana de apropiarse indebidamente de dichas áreas.
3. Urgir a las autoridades nacionales a poner todo su empeño, sin vacilaciones y sin pretextos, en la defensa de los derechos e intereses de Venezuela en el proceso judicial que hoy cursa ante la Corte Internacional de Justicia, a fin de que se enmiende la injusticia histórica cometida con el Laudo del 3 de octubre de 1899;
4. Instar al gobierno nacional a hacer suya una estrategia coherente llevada a cabo por los mejores profesionales expertos en la materia, para que, en los seis meses que quedan hasta el vencimiento del plazo previsto para la entrega de la contra memoria que Venezuela debe presentar a la Corte Internacional de Justicia, se pueda preparar debidamente la argumentación jurídica y las pruebas documentales pertinentes con el objeto de evitar una derrota judicial en la -más que centenaria- legítima reclamación venezolana del territorio Esequibo;
5. Exhortar al gobierno nacional para que convoque a los partidos políticos y a las organizaciones de la sociedad civil a unirse en torno a lo que debe ser un sentimiento nacional, inspirado en las razones que nos asisten; y
6. Exhortar a la Asamblea Nacional para que considere desistir del mecanismo de consulta con relación a la defensa de nuestra soberanía nacional, materia que es claramente un deber constitucional de todos los órganos del Poder Público y de todos los venezolanos, y que sólo puede crear división y confusión en la opinión pública nacional sobre las atribuciones y deberes constitucionales del Presidente de la República en materia de política exterior.
Nota de prensa