Toma nota: Así puedes apelar ante el Servicio de Migración en EEUU si tu visa fue rechazada

Toma nota: Así puedes apelar ante el Servicio de Migración en EEUU si tu visa fue rechazada

Su correcta presentación y el cumplimiento de los requisitos son esenciales para asegurar el éxito y la validez del recurso. Foto: iStock

 

La obtención de una visa para ingresar a Estados Unidos puede ser negada por varias razones, pero existe la posibilidad de apelar a una decisión desfavorable. Cuando la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (Uscis por sus siglas en inglés) emite un rechazo, los solicitantes cuentan con herramientas como el Formulario I-290B.

Por El Tiempo 





Este documento es una herramienta clave para presentar apelaciones o mociones ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO por sus siglas en inglés) de Uscis. Ofrece una oportunidad para impugnar decisiones adversas, ya sea a través de una apelación o una moción, permitiendo a los solicitantes buscar una reconsideración de las determinaciones administrativas.

El espectro de decisiones de Uscis que pueden impugnarse mediante el Formulario I-290B es amplio, abarcando desde solicitudes de visas hasta peticiones de inmigración y otros beneficios migratorios. Sin embargo, es esencial entender y cumplir con los requisitos necesarios para asegurar la validez de este recurso.

Para presentar el Formulario I-290B, el solicitante debe ser la persona afectada por la decisión adversa y cumplir con el plazo de presentación, que generalmente es de 30 días calendario, aunque en algunos casos se reduce a 15 días calendario. Asimismo, se requiere el pago de una tarifa de presentación de US$675, a menos que el solicitante sea un inmigrante especial, ciudadano iraquí o afgano que haya trabajado para el gobierno de Estados Unidos, en cuyo caso se exime de dicho pago.

Consideraciones para presentar una apelación o moción ante Uscis

La correcta cumplimentación del formulario es fundamental, exigiendo la completitud de todas las secciones aplicables y la firma del solicitante. Además, es importante saber que las apelaciones se presentan ante la oficina de Uscis que emitió la decisión adversa, mientras que las mociones se dirigen a la oficina de Uscis con jurisdicción sobre el tipo de beneficio en cuestión.

Cada apelación o moción debe presentarse en un Formulario I-290B separado para garantizar una gestión clara y efectiva. Si se presenta otra solicitud o petición para un beneficio migratorio junto con el Formulario I-290B, es necesario incluir una tarifa de presentación separada (o solicitar una exención de tarifa) para cada formulario adicional.

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