La Oficina para el Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (Ofac por sus siglas en inglés) respondió este viernes a dudas frecuentes sobre la reciente reactivación de vuelos de repatriación para venezolanos convenida con Conviasa a través de la Licencia General (GL) 45B.
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En primer lugar, la Ofac aclaró que todos los países comprendidos en el Hemisferio Occidental pueden negociar con la administración chavista la activación de vuelos de dicha naturaleza, sin arriesgarse a ser sancionados.
Tales países son: Antigua y Barbuda, Argentina, Las Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam, Trinidad y Tobago y Uruguay.
Asimismo, la Ofac aclaró que la Licencia General de Venezuela (GL) 45B sí autoriza a personas estadounidenses a prestar ciertos servicios, incluidos servicios de reabastecimiento de combustible, reparación y mantenimiento, a aeronaves bloqueadas de Conviasa que realizan vuelos con el exclusivo propósito de repatriar a Venezuela a nacionales venezolanos desde un tercer país del Hemisferio Occidental.