El nombre Pablo Escobar no puede registrarse como marca de la Unión Europea porque el público lo asocia con el tráfico de droga y el narcoterrorismo, según dictaminó este miércoles el Tribunal General de la UE.
La justicia europea confirma así en primera instancia la denegación del registro de la marca Pablo Escobar decidida por la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO), con sede en Alicante (España).
Este organismo de la UE denegó el registro por considerar que la marca era contraria al orden público y a las buenas costumbres, y se basó en la percepción del público español, ya que este tiene un mayor conocimiento de Pablo Escobar debido a los vínculos existentes entre España y Colombia.
El colombiano Pablo Escobar, nacido el 1 de diciembre de 1949 y fallecido el 2 de diciembre de 1993, fue un presunto capo de la droga y narcoterrorista que supuestamente fundó el cártel de Medellín (Colombia), del que era dirigente.
El 30 de septiembre de 2021, la sociedad Escobar Inc., con domicilio social en Puerto Rico (Estados Unidos), solicitó a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) el registro del signo denominativo Pablo Escobar como marca de la Unión para una amplia gama de productos y servicios.
Según el dictamen de hoy del Tribunal General, la EUIPO podía basar su apreciación en la percepción de los españoles razonables, con umbrales medios de sensibilidad y tolerancia y que comparten los valores indivisibles y universales en los que se basa la Unión, como la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la solidaridad, los principios de la democracia y del Estado de Derecho y el derecho a la vida y a la integridad física.
El tribunal, con sede en Luxemburgo, dictaminó que la EUIPO estimó correctamente que esas personas asocian el nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia.
Por lo tanto, según el Tribunal General, la marca será percibida como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales imperantes en la sociedad española.
El Tribunal General añade que no se ha vulnerado el derecho fundamental de Pablo Escobar a la presunción de inocencia, ya que, si bien nunca fue condenado penalmente, en España es percibido públicamente como símbolo de la delincuencia organizada, responsable de numerosos delitos.
Escobar Inc. es el holding oficial de Pablo Escobar, fundado en 1984 por su hermano Roberto Escobar en Medellín, Colombia, que administra los activos de la familia, incluyendo derechos de propiedad intelectual y licencias de los mismos, según indica en su página web.
Contra las resoluciones del Tribunal General puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, limitado a las cuestiones de Derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución. EFE